Se llama spam, correo basura o sms basura a los mensajes no solicitados, habitualmente de tipo publicitario, enviados en grandes cantidades que pueden perjudicar al receptor de ese mensaje. La vía más utilizada para el spam es la basada en el correo electrónico o e-mail. El correo basura también puede tener como objetivo, los teléfonos celulares (a través de mensajes de texto o sms) y los sistemas de mensajería instantánea, como por ejemplo, el famoso Outlook.
En la República Bolivariana de Venezuela el Spam que al fin y al cabo es un mensaje de datos (correo electrónico o e-mail, comunicación o correspondencia no solicitado) es posible que contenga información, data y donde puede haber además, cualquier otro documento o archivo anexo o adjunto transmitido. Sí está cansado de esta situación, o le han producido daños y perjuicios materiales o morales y quiere proceder legalmente, no borre el spam, no lo altere, sino imprímalo completamente, porque el Decreto con Fuerza de Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, otorga y reconoce eficacia y valor jurídico a ese e-mail. Es vital tenerlo almacenado, porque es posible mediante medidas y acciones acordadas por los Tribunales, saber diversos aspectos acerca de su origen, creación intelectual y transmisión, con el uso de expertos en tecnologías de información. Para la promoción, control, contradicción y evacuación como medio de prueba en los juicios, recuerde que la información contenida en este mensaje de datos, reproducida en formato impreso, tendrá la misma eficacia probatoria atribuida en la ley a las copias o reproducciones fotostáticas. Existen dos reglas para la determinación del momento de recepción del spam. La primera se basa en que si usted como destinatario final ha designado un sistema de información para la recepción de este mensaje de datos, la recepción tendrá lugar cuando el spam ingrese efectivamente al sistema de información designado, y segundo, si usted como destinatario final no ha designado un sistema de información, la recepción tendrá lugar, salvo prueba en contrario, al ingresar el mensaje de datos en el sistema de información que utiliza regularmente.
Habeas Data
Cuando tenga problemas para acceder a la información y a los datos que sobre sí mismo o sobre sus bienes consten en registros oficiales o privados, así como de conocer el uso que se haga de los mismos y su finalidad, se ejerce esta acción autónoma de Habeas Data directamente ante la Sala Constitucional, para solicitar la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos datos, si fuesen erróneos o afectasen ilegítimamente sus derechos. Igualmente, se ejerce esta acción cuando tenga inconvenientes para acceder a documentos de cualquier naturaleza que contengan información cuyo conocimiento sea de interés para comunidades o grupos de personas. Quedan a salvo el secreto de las fuentes de información periodística y de otras profesiones que determinen las leyes
Conflictos de Nombres de Dominio
La mala intención en el registro de nombres de dominio en Internet ha creado innumerables problemas por la llamada “ciberocupación”, la cual consiste en utilizar nombres de marcas conocidas para crear con ellos nombres de dominio de Internet y registrarlos con fines de dolo. Para este tipo de casos, la Política Uniforme propuesta por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en el año 1.999 se ha convertido en el modelo utilizado a escala internacional para la solución de controversias en materia de nombres de dominio, para evitar el registro abusivo de marcas como nombres de dominio y dar solución a ese problema. En vista de la Política Uniforme, el demandante debe demostrar que el dominio objeto de controversia es idéntico o similar a su marca hasta el punto de crear confusión; que el demandado no tiene derecho ni interés legítimo sobre ese nombre de dominio y que lo ha registrado y utilizado de mala fe. Durante el procedimiento, queda congelado (suspendido) el registro del nombre de dominio en cuestión. Tras un minucioso estudio del caso, los expertos transmiten sus resoluciones en un plazo de 14 días. Si el experto resuelve que se ha de ceder el nombre de dominio y esa resolución no es impugnada judicialmente en el plazo de 10 días, el registrador estará obligado a ejecutar lo dispuesto en la resolución. Estracto tomado del artículo "Las nuevas categorías de nombres de dominio de Internet acrecientan los temores por el fenómeno de la ciberocupación" para mayor información ir hacia http://www.wipo.int/pressroom/es/articles/2008/article_0015.html
Auditoría Legal de Sitios Web
Se trabaja todo lo relacionado con la puesta en marcha y desarrollo de la auditoría o protección legal sitios web, desde el registro en el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI), hasta la redacción los términos legales, políticas de privacidad y condiciones de uso. Se cuenta con un equipo con personas especializadas en comercio electrónico y profesionales asociados para peritaje y seguridad informática. También, se le asiste en la recolección de evidencia digital y se le asesora en los mejores medios electrónicos de pago para su negocio.
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